El negocio jurídico, según DÍEZ-PICAZO es «un acto de autonomía privada que reglamenta para sus autores una determinada relación o una determinada situación jurídica». Los negocios jurídicos pueden clasificarse según la naturaleza de la retribución (onerosos y gratuitos), según las solemnidades (solemnes o formales, reales y simplemente consensuales) y de acuerdo al número de voluntades que intervengan en el negocio (univoluntarios y plurivoluntarios).